Globalización, desarrollo regional y
atomización del Estado Nación ©Martha C. Vargas T. Se permite
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2.11Políticas descentralistas
Ante la crisis de la deuda
latinoamericana, y como parte de los planes de ajuste fiscal planteados por
el FMI, en los años ochenta se da impulso al proceso de descentralización en
el que el gobierno nacional transfiere a los municipios responsabilidades en
materia de salud, educación, servicios sociales y obras públicas, para lo
cual les exige un “mayor esfuerzo fiscal propio”. Se comenzó a imponer así un
“ordenamiento territorial de corte fiscalista con el objetivo de destinar
recursos nacionales al pago de la deuda externa. (Gonzalez 1996: p.27) Desde un comienzo, la descentralización se
plantea como parte de una política de liberalizar la economía. El informe
Bird-Wiesner de 1982, recogiendo los postulados teóricos de algunos
especialistas en finanzas públicas como Tiebout, plantea que la
descentralización fiscal conduce a una asignación más eficiente y equitativa
de los recursos públicos, “El bien público local refleja las preferencias de
la población de una manera más adecuada que los bienes públicos ofrecidos por
el nivel nacional” (Gonzalez p. 35 ). Para Eduardo Wiesner, del BID, “una
estrategia de descentralización bien diseñada es similar a la
‘liberalización’ o la ‘apertura’ del espacio territorial interno a las
fuerzas del mercado.” Agrega, “un mayor grado de competencia dentro del
sector público hará que la asignación de recursos sea más equitativa y
eficiente” Para trasladar a los departamentos y
municipios las responsabilidades, especialmente en lo que tiene que ver con
los servicios sociales, se requerían una serie de modificaciones en la
estructura tributaria, en el régimen de transferencias, y medidas de
descentralización política. 2.11.1 Cambios en la estructura tributaria.Predominio de impuestos indirectos y
creación de las bases para la autonomía fiscal de los niveles subnacionales. El gobierno nacional fue refinando una
política fiscal que modificó notablemente la estructura tributaria. Sucesivas
reformas[1] aumentaron el porcentaje del
IVA, de tal forma que a finales de los ochenta, 60% de todos los ingresos
tributarios estaban constituidos por impuestos indirectos. La ley 14 de 1983
buscó el fortalecimiento de los fiscos municipales, modificando las bases
gravables y las tarifas, especialmente en los impuestos predial y de
industria y comercio. La ley 12 de 1986 aumentó con el mismo fin los
porcentajes de la cesión del IVA a los municipios y estableció para ellos un
régimen de premios y castigos al desempeño en el esfuerzo fiscal[2]. Las transferencias, que en una perspectiva
de largo plazo son consideradas un instrumento necesario de transición hacia la completa
autosuficiencia local[3], buscan asegurar que los
municipios logren una cobertura total de los servicios de educación y salud con
un nivel mínimo de calidad. Es decir, asegurar la reproducción de la mano de
obra con las condiciones de especialización ajustadas al papel que desempeñen
las regiones y las ciudades en la nueva división del trabajo que está
forjando la globalización. Como parte de los mecanismos para el
fortalecimiento de la autonomía local, en 1989 se dictó la ley 57 que
autorizó la creación de la Financiera de Desarrollo Territorial S.A.,
FINDETER, cuyo objeto sería el otorgamiento de crédito a los proyectos y programas
de inversión de los entes territoriales[4]. Durante ese mismo período se inició el
desmonte del andamiaje institucional creado durante más de medio siglo, pero
particularmente, el que derivó de la reforma constitucional de 1968.
Desaparecieron así, entidades como el Insfopal, el Fondo Nacional
Hospitalario y el Instituto Colombiano de Construcciones Escolares. Más
recientemente se produjo el desmonte del Instituto Colombiano Agropecuario y
de Caminos Vecinales, entre otros. 2.12Legislación descentralista
2.12.1 Ley 29 de 1989: Municipalización de la educaciónBuscó impulsar la descentralización a
nivel administrativo trasladando a los alcaldes el nombramiento, la
administración y la supervisión del personal docente de los planteles
nacionales. La nación continuaba pagando los salarios y prestaciones. El
Ministerio de educación quedó facultado para financiar y organizar, en
acuerdo con las entidades territoriales, los Fondos Educativos Regionales. 2.12.2 Ley 10 de 1990: Municipalización de la saludReorganizó el Sistema Nacional de Salud.
Como en la educación, se buscaba que los municipios asumieran la
administración de los servicios. Se modificó el porcentaje del Situado Fiscal
destinado al sector y se crearon los Fondos Seccionales de Salud para que
manejasen dichos recursos, junto con las rentas cedidas o transferidas. Se
fijaron aumentos anuales en los porcentajes del Situado Fiscal. De acuerdo a
criterios de necesidades, cobertura y población, los departamentos debían
distribuir entre los municipios dichos recursos. Se creó un fondo con destino
a la salud con el recaudo proveniente de juegos de azar. |